Un criterio relevante derivado de la RTF N.° 06856-1-2024 viene marcando la conversación técnica en materia de precios de transferencia. La regla de fondo es que un reparo construido por la administración sobre un método distinto al formalmente seleccionado por el contribuyente resulta vulnerable, pues la exigencia de coherencia metodológica es un estándar que trasciende el régimen aplicable en un ejercicio específico. Dicho en términos simples, si una empresa eligió y sustentó un método de valoración para sus operaciones, la administración no puede construir su cuestionamiento sobre una metodología diferente sin debilitar la solidez jurídica de su propio reparo.
Se observa en este escenario un equilibrio nuevo, saludable en su diseño pero exigente en su aplicación. Para el contribuyente, el criterio del Tribunal Fiscal es una garantía valiosa, porque impide que la administración cambie las reglas del juego a mitad del partido y construya un reparo sobre una metodología diferente a la que la propia empresa eligió y sustentó en su documentación. Para la administración, el nuevo marco reglamentario le entrega herramientas técnicas que antes no tenía, reduciendo los espacios grises donde las controversias se resolvían por deficiencias formales antes que por el fondo económico. El resultado neto es que la calidad técnica de la documentación se convierte en el factor decisivo de cualquier disputa futura.
El contexto normativo en el que aterriza este criterio es de transformación acelerada. El Decreto Legislativo N.° 1663, vigente desde 2025, reconoce legalmente al flujo de caja descontado y a otros métodos como válidos para efectos de precios de transferencia, y con el Decreto Supremo N.° 302-2025-EF esos otros métodos cuentan ya con desarrollo reglamentario específico alineado a estándares internacionales de valuación. Lo que en los ejercicios 2017 y 2018 era un vacío normativo que favorecía al contribuyente en las controversias, hoy es un marco que la administración podrá invocar con mayor solidez hacia adelante. El terreno de juego cambió para ambas partes.
Qué debe extraer de todo esto un dueño de empresa que no es especialista en la materia. Dos ideas centrales que la firma considera de aplicación inmediata. La primera es que la elección del método de valoración en el estudio de precios de transferencia dejó de ser un formalismo delegable sin supervisión, pues se trata de una decisión estratégica que definirá el terreno sobre el que se librará cualquier controversia futura. Corresponde exigir a los asesores que expliquen, en lenguaje de negocio, por qué eligieron el método que eligieron y qué tan defendible resulta frente a alternativas. La segunda es que la defensa basada en vacíos legales tiene fecha de caducidad, mientras que la defensa basada en documentación técnica sólida, coherente y construida a tiempo es la única permanente.
La conclusión institucional es optimista para quienes se preparan. Las empresas que entiendan esta transición a tiempo convertirán el cumplimiento en una ventaja competitiva frente a rivales que siguen tratando los precios de transferencia como un trámite anual, pues en un entorno de reglas más claras, gana quien mejor documenta, no quien mejor improvisa.
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Far far away, behind the word mountains, far from the countries Vokalia and Consonantia, there live the blind texts. Separated they live in Bookmarksgrove right at the coast of the Semantics, a large language ocean. A small river named Duden flows by their place and supplies it with the necessary regelialia. It is a paradisematic country, in which roasted.




